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Muchas han sido, a lo largo de todos estos años, las voces de aquellas personas afectadas que han luchado y luchan, con escasez de medios, por conseguir un cambio en la legislación en este sentido y por llegar a la custodia compartida en beneficio de sus hijos e hijas.
En EE.UU., país en donde ya en 1986 un 23% de los y las menores de 18 años eran hijos o hijas de divorciados, la custodia compartida como forma en la que ambos progenitores comparten la tenencia legal y física de los hijos e hijas, está teniendo cada vez más auge, configurándose poco a poco como la mejor solución para aquellos que buscan un divorcio no traumático en lo emocional.
La psicóloga Raquel Peña Gutiérrez refiere que la tenencia conjunta exige que la más alta prioridad de la vida de un padre o una madre sean sus hijos e hijas.
Según esta psicóloga autora del estudio “Familia post-divorcio. Funciones Parentales” las investigaciones realizadas en familias divorciadas en las que se ha seguido una custodia compartida ponen en evidencia que los hijos y las hijas conservan un alto índice de autoestima, no vivenciando sentimientos de abandono o indiferencia por parte de los progenitores.
Al planteamiento de la custodia compartida se le han achacado entre otros defectos, que el menor tendría dos hogares diferentes y que su vida se vería afectada por cierta duplicidad de entornos, amigos, vecinos, etc.
Ciertamente, no hay que olvidar que estamos tratando de situaciones “anómalas de raíz” en las que no existe una familia estructurada conviviendo en un mismo hogar. Es necesario asumir, pues, que el objetivo será minimizar los perjuicios de esta situación.
Resumiendo mi opinión, la convivencia del menor o de la menor con sus dos progenitores en igualdad de tiempos y condiciones contribuiría positivamente a la solución de los problemas que afectan a los hijos e hijas de padres separados o divorciados, y a la propia pareja, tras la ruptura matrimonial.
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